jueves, 30 de septiembre de 2010

En Ecuador Policías sublevados arremeten contra periodistas

La revuelta de los policías de Ecuador  ocasionó atentados contra la libertad de expresión.
 Según la información Fundamedios, durante los incidentes se maltrató a por lo menos cinco comunicadores.

Durante la mañana Hernán Higuera, periodista de la cadena televisiva Ecuavisa fue agredido físicamente por uno de los guardias del presidente Rafael Correa.

Higuera narró a Fundamedios que mientras cubría las protestas desde el capo de un automóvil, un policía intentaba empujarlo para que dejara de grabar, luego Higuera logró descender del auto y en ese momento un guardia presidencial lo agredió físicamente propinándole puñetes y patadas.

Juan Carlos Correa, periodista de Canal Uno y otro de los agredidos indicó a nuestra Organización que se le impidió realizar la cobertura a empujones, lo mismo sucedió con Carolina Mela, reportera de Ecuador TV, quien expresó que policías intentaron retirar las cámaras y le impidieron a la fuerza que continuara reporteando.


 Juan Carlos Pérez, fotógrafo de Diario El Comercio de Santo Domingo de Los Tsáchilas, localidad ubicada a 133 Km de Quito, también fue agredido por policías y lo retuvieron por 20 minutos hasta que se identificó como periodista. 



Ana Marìa Cañizales reportera de Teleamazonas fue agredida físicamente por policías en la Asamblea Nacional. También Miguel Castillo, coordinador regional de Diario El Comercio de Ambato junto al camarógrafo fueron golpeados por policías y les lanzaron gas pimienta, además les arrebataron la cámara.

En Ecuador TV y la radio Pública, medios estatales, se denunció que los policías sublevados habrían querido cortar las transmisiones de estos medios.

También se pudo comprobar que un reportero de estos medios fue golpeado por miembros de la Policía en las puertas de la Asamblea Nacional. Al momento, no se ha podido obtener el nombre de este periodista.



Golpean periodista de AFP

Dos fotógrafos de la AFP fueron golpeados este jueves por policías sublevados contra el gobierno ecuatoriano, que además los despojaron de cámaras y les obligaron a borrar material gráfico, denunciaron los reporteros.


Los fotógrafos fueron agredidos en los alrededores del hospital donde permanece refugiado el presidente Rafael Correa, en el norte de Quito, recibiendo puñetazos y puntapiés por parte de los efectivos sublevados.

A uno de ellos le arrebataron una cámara fotográfica y otra de video, pero logró recuperar la primera en un forcejeo.

El otro fotógrafo fue retenido momentáneamente por cuatro agentes que también lo golpearon y le obligaron a borrar fotografías de la represión que los sublevados llevaron a cabo contra simpatizantes de Correa, que se dirigían hacia el centro médico para expresar su apoyo al mandatario.

Fiscalía de Rusia reanuda investigación asesinatos periodistas

Moscú, 30 de septiembre, RIA Novosti. El Comité de Investigación de la Fiscalía de Rusia (SKP, por sus siglas en ruso) reanudó la investigación de varios asesinatos de periodistas que estaban archivados, informó hoy a RIA Novosti el portavoz del SKP Vladímir Markin.

"Esta decisión fue tomada tras una reunión con representantes del Comité de Defensa de Periodistas que aportaron nuevos datos sobre esos casos", explicó Markin.

En particular, se reanudó la investigación de la muerte de Eduard Markevich, redactor del diario Novi Reft (2001); Valeri Ivanov, director del rotativo Togliattimnskoye Obozrenie (2002), y su sucesor Alexéi Sídorov (2003), así como de Vaguif Kochetkov, reportero del periódico Molodói Kommunar (2005), y de Natalia Skril, corresponsal del Nashe Vremia (2002), que murieron debido a las lesiones causadas por desconocidos.

Según el portavoz del SKP, a pesar de la antigüedad de estos casos, la dirección del organismo decidió hacer todo lo posible para esclarecer las circunstancias de la muerte de los periodistas y procesar a los responsables de estos crímenes.

El Comité de Investigación es consciente del importante papel que desempeñan los medios informativos en la construcción de una sociedad democrática, y comprende que en el ejercicio de su profesión los periodistas son en ocasiones objeto de amenazas, resaltó Markin.

Rusia quinto país del mundo en asesinatos periodistas

Tres periodistas fueron asesinados en Rusia el pasado año, lo que sitúa al país en el quinto lugar del mundo en esta materia, escribe hoy el diario Vedomosti.

Las víctimas fueron Natalia Estemírova, colaboradora de Novaya Gazeta y Kavkazski Uzel; Anastasia Babúrova, de Novaya Gazeta; y Malik Ajmedílov, de Jakikat.

A la cabeza de la lista está Filipinas, donde una masacre sin precedentes causó en noviembre pasado 57 víctimas mortales, entre ellas, 29 periodistas. Le siguen Somalia, con 9 reporteros asesinados; Iraq (4) y Pakistán (4).

En total, al menos 71 reporteros fueron matados en el pasado año en diversas partes del planeta, según la información del Comité de Protección de Periodistas (CPJ, por su sigla en inglés). Es el máximo histórico de los últimos 30 años, el período en que se llevan las estadísticas al respecto. En 2008 se registraron 42 muertes violentas en el gremio; y un año antes, 67.

Otra tendencia alarmante para CPJ es el creciente acoso a blogueros y colaboradores de medios de comunicación digitales en China e Irán, países que a finales del año pasado mantenían encarcelados a 24 y 23 periodistas, respectivamente.

Las autoridades iraníes son especialmente implacables a la hora de perseguir a los disidentes: allanan sus cuentas en redes sociales como Facebook y Twitter, lo que permite extender la caza hacia amigos y simpatizantes de las personas que critican el régimen, constató Robert Mahoney, director adjunto de CPJ

miércoles, 29 de septiembre de 2010

90 periodistas han sido asesinados en 33 países desde enero de 2010

Ginebra, 29 sep (EFE).- Al menos 90 periodistas han sido asesinados en 33 países desde enero de 2010, en contraste con los 72 que perdieron la vida durante el ejercicio de su profesión en el mismo periodo del pasado año, alertó hoy la Campaña Emblema de Prensa (PEC, siglas en inglés).


En un comunicado divulgado hoy, PEC hizo un llamamiento "urgente" a todas las partes implicadas para actuar frente al aumento de asesinatos de periodistas, y destacó que sólo "durante los últimos tres meses, 31 profesionales fueron asesinados".

"Es un fracaso, no progresamos. En lugar de mejorar, la situación se deteriora", dijo su secretario general, Blaise Lempen, quien recomendó a las asociaciones de periodistas "estar mucho más activas" e instó a los gobiernos a ser "más firmes en la prevención y en la represión de estos delitos".

"La puesta en marcha de una Convención sobre la protección de los periodistas es necesaria para reforzar la aplicación del derecho existente", agregó Lempen.

Según PEC, el país de mayor peligrosidad es México, donde 13 periodistas han sido asesinados desde comienzos de año debido al conflicto entre el ejército y los cárteles de la droga.

Le siguen Honduras, con nueve periodistas asesinados, y Pakistán, también con nueve, muchos de ellos atacados y ejecutados en las zonas fronterizas con Afganistán, lo que convierte a esta región en una de las menos seguras para los trabajadores de los medios de comunicación.

Asimismo, cinco periodistas fueron asesinados en Irak, otros cinco en Rusia -en la región del Cáucaso-Norte- y cinco más en Filipinas.

Los seis países mencionados, apunta PEC, concentran la mitad de los periodistas asesinados en el mundo en lo que va de año, seguidos de Somalia, Indonesia, Nepal, Nigeria y Colombia, con tres profesionales muertos en cada caso.

Además, dos periodistas murieron en Afganistán, donde dos reporteros de la televisión francesa siguen en cautiverio desde hace nueve meses, y también dos fueron asesinados en cada uno de los siguientes países: Angola, Tailandia, India, Venezuela y Uganda.

El resto de crímenes se cometieron en Argentina, Bangladesh, Bielorrusia, Brasil, Bulgaria, Camerún, Chipre, Ecuador, Grecia, el Líbano, República Democrática del Congo, Ruanda, Turquía, Ucrania, Yemen e Israel.

Latinoamérica, debido a los casos en México y Honduras, constituye la región de mayor peligro para los periodistas, seguida de Asia, a causa, sobre todo, de Pakistán y Filipinas.

África presenta un "marcado deterioro", apunta PEC, ya que, además de Somalia, se han registrado víctimas mortales en Nigeria, Angola y Uganda, con un total de trece periodistas asesinados en este continente en los primeros meses de 2010.

Europa, por su parte, se caracteriza por la existencia de "casos aislados pero inquietantes", dice el comunicado, que destaca un total de doce muertos en siete países distintos desde comienzos de año.

Según Lempen, los mecanismos existentes para investigar de forma rápida y llevar ante la justicia a los responsables de estos crímenes continúan siendo muy deficientes.

Como aspecto positivo, la presidenta de PEC, Hedayat Abdel Nabi, observó con satisfacción que la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para Derechos Humanos subrayara la importancia de la protección de estos profesionales en un debate del pasado mes de junio sobre la situación de los periodistas en conflictos armados.

"Ante estas horribles cifras, se necesita una mayor atención por parte de la comunidad internacional", añadió Abdel Nabi, e hizo un llamamiento al Consejo de Derechos Humanos para que se ocupe "con carácter urgente" de la cuestión antes de finales de año.

jueves, 23 de septiembre de 2010

Fiscalía iraní pide pena de muerte para el "Blogfather"

Irán cuenta con 22 millones de usuarios de internet y con 65.000 blogueros que analizan y critican la situación del país día a día. Ahora, el bloguero más influyente del país, puede acabar en la horca.

Se desconoce todavía cuándo saldrá la sentencia de Hoder.

Se llama Hussein Derakshan. En su país de origen y en la red se le conoce como Hoder, pero en el mundo entero es apodado como "Blogfather".

Después de que pasara 22 meses en la cárcel de Evin, el fiscal de Teherán, Abbas Jafari Dolatabad, presentó esta semana una petición para que a Hoder se le aplique la pena de muerte por horca. La decisión pende ahora del juez del caso, Abolghasem Salavati.

Según le explicó a BBC Mundo Solana Larsen, amiga del bloguero y editora de la red internacional contra la censura digital Global Voices, a Hoder se le acusa de "colaborar con los estados enemigos, crear propaganda en contra del gobierno islámico, insultar a la santidad religiosa y crear propaganda para grupos antirrevolucionarios".

BBC Mundo consultó a la embajada de Irán en España sobre el caso pero prefirieron no comentar nada sobre el tema.
Nacido en 1975 y ex estudiante de la Escuela de Estudios Orientales y Africanos de la Universidad de Londres (SOAS), Hussein tiene dos pasaportes, el canadiense y el iraní, pero su país natal no reconoce su segunda nacionalidad.

Para el vicepresidente de Internet Sans Frontières, Archippe Yepmou, la petición del fiscal iraní tiene un porqué.

"Quieren dar ejemplo con este caso. Hussein Derakshan es un valioso rehén diplomático al tener la nacionalidad canadiense", supuso, en conversación con BBC Mundo.

Sin embargo el gobierno de Canadá no se ha pronunciado al respecto. "No entendemos porque los canadienses no han hecho ningún esfuerzo diplomático", señaló Larsen.

El "Blogfather" y su evolución

Cambió mucho. Primero defendía la libertad de expresión pero luego trataba hacerle entender al mundo los porqués del gobierno iraní

Solana Larse, editoria de Global Voices y amiga de Hoder

Hussein es considerado el primer gran bloguero en Irán. En un país donde el 60% de la población es menor de 30 años, él fue el primero en explicar, con instrucciones en su página web y con un tono liberal y occidental, como crear blogs y sitios en internet.

Sus artículos de opinión fueron publicados en periódicos occidentales como el estadounidense The New York Times y tenía una columna de opinión en el diario británico The Guardian.

En sus inicios como bloguero, Hussein era un ferviente activista a favor de la libertad de expresión y era contrario al gobierno de los ayatolas. Sin embargo, con el tiempo, sus artículos se transformaron.

"Cambió mucho. Primero defendía la libertad de expresión pero luego trataba hacerle entender al mundo los porqués del gobierno iraní", explica su colega Larsen.

El largo proceso

Al principio del encarcelamiento de Hoder no se supo nada de él.

Hussein lleva casi dos años en la cárcel pero solo hace cinco que su juicio comenzó.

Todo empezó en 2006 cuando el bloguero viajó dos veces a Israel. Su intención era hacer reportajes para que sus "20.000 lectores diarios vean como la gente es realmente en ese país y como viven", explicó el blogero en su sitio web, que ya fue cerrado.

Cuando regresó, poco antes de las elecciones presidenciales, Hussein fue detenido.

"El fiscal está buscando la pena de muerte para él por dos razones: porque para ellos las visitas a Israel le hacen ser un espía, aunque nunca se haya visto a un espía que escriba a televisiones y a periódicos del país para anunciar que él estaba ahí. Y segundo porqué solía ser ateo", argumenta Archippe Yepmou.

Durante un año nadie supo de su paradero. "Ni su familia había podido ir a verlo", recuerda Larsen.

Bloguero: peligrosa actividad

Tener un periódico virtual en Irán puede llevarte a la cárcel o pero aún, a la muerte

Archippe Yepmou, vicepresidente de Internet Sans Frontières
"Tener un periódico online en Irán puede llevarte a la cárcel o pero aún, a la muerte", explica el portavoz de Internet Sans Frontières.

Según la plataforma contra la censura Threatened Voices en Irán, en un país donde las guitarras eléctricas o cantar en inglés está prohibido, hay en la cárcel 254 blogueros.

Después de China, Irán es el segundo país del mundo con más blogueros detenidos.

De hecho, Hussein no ha sido el único bloguero para el que se ha pedido la pena de muerte. La fiscalía también había solicitado la pena capital para la bloguera Sheida Jahanbin. Sin embargo hace dos semanas esta pena se cambió por un año de prisión y 74 latigazos.

Pese a la gran presencia de iraníes en la red que hacen oír su voz, la comunidad internacional sólo puede escuchar. "Lo único que podemos hacer es captar la atención del mundo y dar a conocer lo que pasa", se lamenta Larsen.

miércoles, 22 de septiembre de 2010

Leonel revela quería ser periodista

NUEVA YORK. El presidente Leonel Fernández reveló que quería ser periodista, siguiendo el ejemplo de su tío Luis Fernández, quien fue jefe de redacción de El Diario La Prensa, el cual circula en Nueva York, Nueva Jersey y Connecticut.

Sin embargo, el jefe de Estado dominicano dijo que desistió de escoger la profesión de periodista porque “me di cuenta que eso no pagaba bien”.

Fernández siempre ha estado vinculado a los medios de comunicación y con sus cátedras en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), donde fue profesor, se formaron varios comunicadores sociales.
Además formó parte de la comisión de abogados que representó al Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) en el proceso que se siguió para lograr que se convirtiera en ley el proyecto de colegiación en el que también puso sus conocimientos a disposición de la institución.

El presidente Fernández dijo que su tío Luis, quien además fue director del Departamento de Prensa del Consulado General de la República Dominicana en Nueva York, durante su primer gobierno (1996 – 2000) “es un tío muy querido para mí”.

Recordó que Luis “nunca falló los 6 de enero, Día de Reyes”. Esto provocó risas entre los concurrentes a la conferencia al recordar con añoranza que el jefe de Estado se refería a la tradicional celebración del Día de Reyes en los países latinoamericanos.

Sostuvo que quería ser como su tío Luis, quien lo llevaba los domingos al Diario La Prensa para que hiciera los pies de fotos y algunas traducciones de los periódicos anglosajones.

El estadista habló sobre la situación de la educación de los jóvenes en República Dominicana, entre otros aspectos, durante un encuentro con estudiantes y profesores de Hostos Community College, localizado en la intersección de la avenida Grana Concourse y calle 149, en El Bronx.

Inició su discurso saludando a quienes le acompañaban en la mesa de honor, doctor Félix V. Matos Rodríguez, presidente de Hostos Community College; Ana I. García Reyes, asistente especial de Matos Rodríguez y directora de Programas Internacionales del centro académico; doctor Hugo Morales, síndico de la Junta Directiva de la Universidad Central de Nueva York (CUNY); y la estudiante de origen dominicano Nayanny Yarinet Bello Paniagua. También, los vicecancilleres de CUNY Meter Jordan y Jay Hershenson.

El presidente Fernández nació el 26 de diciembre de 1953, en Santo Domingo, es hijo de José Antonio Fernández Collado y Yolanda Reyna Romero, esta casado con la doctora margarita Cedeño de Fernández y ha procreado tres hijos, Nicole, Omar y Yolanda América.

Durante el encuentro en Hostos Community College, el presidente Fernández felicitó al asambleísta por el distrito 72 de Manhattan, Adriano Espaillat, y a Guillermo Linares, quienes ganaron las nominaciones a senador por el distrito 31 y asambleísta estatal, respectivamente, en las primarias del Partido Demócrata realizadas el 14 de este mes.

Sostuvo que Adriano y Guillermo son viejos amigos y “por lo que he escuchado al llegar aquí hoy a Nueva York esta noche, los dos pueden ya coger fiao el flu que se van a poner” para su juramentación.

domingo, 19 de septiembre de 2010

Miguel Ángel Prestol : nueva ley de medios garantiza libre expresión en RD

El doctor Miguel Ángel Prestol González, ex director del vespertino La Noticia dijo este domingo que el presidente Leonel Fernández es partidario de que la nueva ley que regirá la libre expresión y los medios de comunicación, que sustituirá la 61-32, esté orientada a garantizar verdaderamete la libre expresión, bajo los términos del equilibrio y de que la moral y dignidad de ninguna persona sea afectada.

El jurista reveló que el interés del mandatario es que la Republica Dominicana pueda contar con un Código de comunicación que garantice una verdadera y libre difusión del pensamiento, tal y como existe en otros países y que todas las disposiciones que inciden en el ámbito de los medios de comunicación, los espectáculos públicos, el cine, etc. estén agrupadas en un solo cuerpo legal, que reúna las leyes qu hoy se van aprobando.

"La ley de expresión y medios de comunicación, que es como se llamará en lo adelante, trata en gran manera de despenalizar parcialmente los delitos de prensa y más protección para los periodistas" indico Prestol González, al ser entrevistado por Adriano Sánchez Roa, en el programa "Desafíos por Tv", que se difunde todos los domingo a las once de la noche por Digital 15.

Prestol González, quien es miembro de la comisión que redactó los proyectos que darán pasos a la nueva ley de expresión y medios de comunicación, agregó que la libre expresión es casi equivalente al derecho a la vida, por lo que el interés del mandatario es preservar la libertad de expresión en todos los niveles, tomando en cuenta que ésta es la esencia de la naturaleza humana.

Manifestó que la comisión de que forma parte y que preside el doctor Rafael Molina Morillo, ex presidente de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), se ha apoyado en experiencias de otros países, en busca de dotar al país de una ley de expresión que no contemple trabas de ningún tipo y que al mismo tiempo garantice los derechos al desagravio de las personas que se sientan difamadas a través de un medio de comunicación.



El prestigioso abogado y experto en materia de comunicación, entiende que la actual Ley 61-32, es una pieza obsoleta copiada de la legislación francesa, que fue concebida solo para la prensa escrita y no para la radio y la televisión, razón por la que se busca adecuar una legislación que este acorde con los nuevos tiempos.

Prestol González expreso que lo que se hará es una sustitución de la actual Ley sobre Expresión y Difusión del pensamiento por una nueva que sea más amplia y garantice a todo el mundo la libre expresión de las ideas sin estar sujeto a censura previa.

Aseguró que en este proyecto no existe la censura previa, sino que procura estar en armonía con lo que dispone el artículo 49 de la Constitución de la Republica y garantiza el derecho a réplica.

El doctor Miguel Ángel Prestol recordó que la Constitución de la República contempla el derecho a la propia imagen y al buen nombre, razón por la que se ha puesto interés en que nadie puede extralimitarse en sus comentarios, pero que esto nunca podrá coartarse la libre expresión, la protección de las fuentes, la entrega al comunicador de informaciones de interés público, entre otros derechos de los medios.

Definió el proyecto preparado por la comisión como una ley de transparencia democrática, ya que permitirá al ciudadano conocer como se están manejando los recursos de las instituciones publicas.

Espectáculos Públicos

Prestol González entiende que la Comisión de Espectáculos Públicos es un organismo infuncional que por ende debe ser abolido, por entender que las medidas que adopta no tienen ningún efecto.

El destacado jurista dijo que el presidente Leonel Fernández tiene razón cuando sugiere la sustitución de ese organismo para dar paso a un Consejo Audiovisual y que los espectáculos Publicos sean considerados por separado.

Prestol González entiende que ese organismo debe trabajar en lo que es la censura previa, si entiende que algún audiovisual y material comunicativa es dañino para la niñez o la buena costumbre.

martes, 14 de septiembre de 2010

Gobierno RD presenta nuevo Anteproyecto de Ley de Libre Expresión y Medios de Comunicación

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 8, acápite 6, consagra el derecho de todas la s personas de emitir libremente su pensamiento mediante palabras escritas o por cualquier otro medio de expresión, gráfico u oral, sin sujeción a censura previa, con la salvedad de que cuando el pensamiento expresado sea atentatorio a la dignidad y a la moral de las personas, al orden público o a las buenas costumbres de la sociedad, se impondrán las sanciones dictadas por las leves.

CONSIDERANDO: Que si bien se ha legislado en el país con la idea de complementar tan relevante canon sustantivo, es evidente que los cambios impuestos por la emergente sociedad de la información y del conocimiento, las nuevas tecnologías y el siempre necesario fortalecimiento del sistema democrático, imponen la formulación de un nuevo cuerpo normativo que traduzca una mayor fidelidad a los siguientes principios: a)- Prohibición de toda medida preventiva, de toda intervención y de todo control administrativo en lo que concierne a la expresión de las ideas o a la comunicación de los hechos, al derecho a la información y a la investigación, y eliminación de obstáculos al derecho de publicación, aunque procurando contrarrestar toda tendencia a la concentración de la propiedad de los medios masivos. b)- Determinación legal de los casos en que puede ser exigida la responsabilidad de las personas, de la prensa, de la radio, de la televisión o de cualquier otro medio de comunicación social, gracias a una enumeración limitativa y a una definición concreta de los delitos de comunicación, excluyéndose así toda posibilidad de represión arbitraria o peligrosa para la libertad de expresión.

CONSIDERANDO: Que las libertades de opinión, expresión, investigación e información son base de la comunicación social, la que a su vez tiene un compromiso de promoción de los valores de la convivencia social, del pluralismo y de los principios éticos y morales, en consonancia con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, del 10 de diciembre de 1948, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del 16 de diciembre de 1966, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, del 22 de noviembre de 1969, y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, suscritos y ratificados por la República Dominicana.

CONSIDERANDO: Que la Ley No. 6132, sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, de fecha 15 de diciembre de 1962, ha quedado ostensiblemente rezagada en muchas de sus disposiciones ante la multiplicidad y el progreso tecnológico de los medios masivos, adoleciendo de obsolescentes o innecesarias regulaciones, mientras omite previsiones imperiosas para una dimensión superior del derecho de expresar ideas, difundirlas, opinar e informar libremente, dentro de razonables principios étos y morales.


HA DADO LA SIGUIENTE LEY DE EXPRESIÓN Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Artículo 1.- Toda persona tiene derecho a expresar y difundir libremente su pensamiento y a buscar, recibir y difundir información por cualquier medio, sin perjuicio de la obligación de responder por los abusos que configuren atentados a la dignidad, la moral, la intimidad, el orden público y la imagen de los demás.

Definiciones.

Artículo 2.- Para la mayor claridad del contenido de la presente ley, se consignan las definiciones siguientes:

Agencia Informativas: persona o empresa dedicada en forma habitual a proporcionar noticias, colaboraciones, material gráfico y cualesquiera otros elementos informativos.

Censura previa: examen, crítica o reprobación anterior a la divulgación de una idea o a la publicación de un texto. Cláusula de conciencias: derecho de los periodistas a la dimisión justificada ante situaciones que atentan contra la independencia de éstos en el desempeño de su función profesional.

Derecho de Rectificación: facultad de toda persona, natural o jurídica, afectada por datos, alusiones o referencias inexactos o agraviantes, emitidos en su perjuicio a través de un medio de comunicación, de exigir la correspondiente rectificación en las condiciones establecidas por la ley.

Derecho de Respuesta: facultad de toda persona, natural o jurídica, de replicar, refutar o contradecir, las manifestaciones y alusiones ofensivas o agraviantes publicadas en su perjuicio en un medio de comunicación.

Diarios: publicación periódica, impresa o espacio difundido por radio, televisión, cable o Internet diariamente, o cuando menos cuatro (4) veces por semana, con noticias,

Artículos de opinión, reportajes y entrevistas, incluyendo programas radiofónicos o audiovisuales de panel, publicidad y comentarios.

Escrito periódico: publicación impresa que, de acuerdo con su frecuencia de aparición, puede ser semanal, mensual, semestral, anual o irregular.

Hecho preciso: acto o suceso determinado susceptible de una prueba que como imputación tipifica el delito de difamación, en oposición a la imprecisión de la injuria. Hecho de interés público.- Suceso o circunstancia que trasciende o afecta a la sociedad en su conjunto. 2

Inmunidades: exenciones que en determinadas circunstancias obran a favor de la libre expresión de personas y medios de comunicación. Juicio de valor: apreciación particular, opinión o dictamen con que se critica un hecho o una idea. Libertad de Información: derecho de todas las personas a recoger y divulgar informaciones libremente, sin restricciones ni obstrucciones arbitrarias. Negativa: negación o rechazo de algo que se pide.

Medio de comunicación social: entidades aptas para divulgar, difundir, transmitir o propagar, en forma estable y periódica, textos impresos, sonidos o imágenes destinados al público, cualesquiera que sean los instrumentos, equipos o soportes empleados.

Periodista profesional: 1) persona física egresada de una escuela de periodismo o comunicación social de nivel universitario; 2) persona física cuya ocupación principal, regular y retribuida sea la búsqueda y difusión de informaciones u opiniones a través de los medios masivos de comunicación.

Publicación: 1) texto impreso en un diario o escrito periódico mediante la acción de publicar; 2) medio de comunicación social, sea éste un periódico, una estación de radio, una planta de televisión u otro medio electrónico o audiovisual.

CAPITULO I

DE LA LIBERTAD DE PRENSA E INFORMACIÓN

Artículo 3.- El ejercicio del derecho previsto en el Artículo 1 de esta ley no puede ser objeto de censura previa, sino de responsabilidades ulteriores fijadas expresamente por las leyes para asegurar el respeto a los derechos y la reputación de los demás, así como la protección de la seguridad nacional y el orden público.

Artículo 4.- Tampoco podrá restringirse este derecho por ninguna vía directa ni por vías o medios indirectos, tales como controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de equipos y aparatos mecánicos y electrónicos usados en la difusión masiva de información o por cualesquiera otros medios encaminados a obstaculizar o impedir la libre comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

El derecho de publicación Artículo 5.- La publicación de diarios o escritos periódicos, así como la creación de agencias informativas, no requerirá ningún tipo de autorización.

Artículo 6.- Toda publicidad que se haga en los medios impresos en forma de noticia o información con fines comerciales o de otra índole, deberá hacer constar en lugar visible este 3 hecho, mediante la frase ""espacio pagado". También llevará la misma frase toda publicación pagada de comunicados, manifiestos y documentos no comerciales, los cuales deberán incluir, además, la firma de la persona o entidad responsable de la publicación.

CAPITULO II DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Artículo 7.- Los medios impresos, radiofónicos, televisados o difundidos mediante cualquier otro soporte, se clasificarán en: a) Publicaciones unitarias: libros, folletos, hojas sueltas, carteles y otros impresos análogos. b) Publicaciones periódicas: diarios, semanarios, mensuarios, hebdomadarios y aquellas otras que, en general, aparecen en cualquier periodo determinado, así como programas radiofónicos, televisados o mediante Internet, de comentarios, críticas y divulgación noticiosa.

Del Director

Artículo 8.- Toda publicación periódica escrita, así como cada programa o segmento noticioso, informativo, de opinión o de cualquier otra índole, de los medios radiales, televisados, cinematográficos, de Internet, o de agencias informativas, estará regida por un Director que deberá ser mayor de edad, estar en el goce de sus derechos civiles, no haber sido objeto de condena judicial y tener su domicilio en el país. En todos los casos, los nombres del Director y del propietario de la empresa que opere el medio de comunicación, se publicarán en forma visible en toda edición o realización

Párrafo.- Cuando el Director de la comunicación escrita, radial, televisada o de cualquier otra índole, se hallare bajo licencia temporal por enfermedad, salida al exterior u otra causa que le impida el control directo del medio de comunicación, las funciones y responsabilidades de dirección recaerán en el sustituto previsto en la escala directiva. Todas las obligaciones legales requeridas por la presente ley al Director, serán requeridas también al sustituto.

De la empresa informativa.

Artículo 9.- Toda persona, natural o jurídica, podrá crear libremente empresas que tengan por objeto la edición o realización de las publicaciones indicadas en el artículo 7 de esta ley. Cuando la empresa propietaria de la publicación sea una sociedad comercial, las acciones deberán ser nominativas.

Artículo 10.- Se prohíbe a las entidades bancarias establecer, adquirir u operar medios de comunicación. La Junta Monetaria del Banco Central de la República y la Superintendencia de Bancos intervendrán sin demora ante infracciones de esta naturaleza.

Artículo 11.- Los poderes públicos velarán por la transparencia de las empresas informativas, a fin de asegurar el pluralismo y la diversidad en la comunicación social, procurando impedir la formación de oligopolios o la excesiva concentración de los medios masivos. 4

De la cláusula de conciencia.

Artículo 12.- Sin perjuicio de las disposiciones de los artículos 96 y siguientes del Código de Trabajo, la cláusula de conciencia otorgará a los periodistas profesionales derecho a dimitir de las empresas que operen medios de comunicación a los que sirvan y a recibir las indemnizaciones correspondientes, en los casos siguientes: a)- Cuando en el medio de comunicación se produzca un cambio sustancial en la orientación informativa o línea ideológica que lesione al periodista en su honor o su reputación, o que afecte sus principios y convicciones éticos y morales. b)- Cuando al producirse la cesión de un diario o un escrito periódico, sea éste de prensa escrita o electrónico, se produzca un cambio en la línea informativa y de opinión, a favor o en contra de intereses políticos, religiosos, raciales, ideológicos, económicos o de otra índole que incida en perjuicio de sus convicciones; c)- Cuando se exija al periodista elaborar o firmar una información o un artículo de opinión cuyo contenido entre en contradicción con su conciencia o ética profesional. Párrafo.- En estos casos, la dimisión del periodista debe efectuarse en un plazo no mayor de diez (10) días, a contar de la fecha en que se produzca una de las situaciones descritas. Para determinar si la dimisión es justificada, el juez apoderado apreciará la prueba de la justa causa. La jurisdicción laboral será la competente para conocer de estos casos.

Del secreto profesional.

Artículo.13.- Se garantiza a los periodistas el derecho de reservar sus fuentes de información, aún en los casos en que sean llamados a declarar como testigos ante cualquier autoridad judicial o extrajudicial.

Artículo 14.- El Director deberá requerir, bajo reserva, para fines legales, la identificación personal de los colaboradores que utilicen un seudónimo. El incumplimiento de esta obligación conllevará las sanciones penales y civiles que se indicará más adelante. Artículo 15.- En caso de que un artículo no firmado o firmado con un seudónimo sea considerado como difamatorio o injurioso, el agraviado requerirá al Director la revelación de la identidad del autor. Si el Director se negare, será perseguido como responsable de la alegada difamación o injuria.



CAPITULO III

DE LOS DERECHOS DE RECTIFICACIÓN Y RESPUESTA

Artículo 16.- Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a reclamar a los medios de comunicación la rectificación de alusiones, datos o referencias inexactos que le afecten particularmente o en relación a las funciones que desempeña, y a responder a las expresiones agraviantes u ofensivas a su honor o su imagen pública, en el mismo órgano de difusión que las 5 haya publicado.

El derecho de respuesta se extenderá a aquellos casos en que la alusión proviene de terceros y el medio solamente ha servido de vehículo de difusión.

Artículo 17.- La publicación de la rectificación o de la respuesta descargan definitivamente al medio, al Director y a los autores de toda responsabilidad penal y civil, y no habrá derecho al ejercicio de una nueva rectificación o de respuesta en relación al mismo hecho.

Condiciones.

Artículo 18.- La solicitud para el ejercicio de estos derechos deberá contener los datos personales del remitente y la indicación de una dirección o un número telefónico donde sea localizable el interesado.

Artículo 19.- La publicación de la rectificación o de la respuesta será gratuita, y no abarcará un espacio mayor que el ocupado por la publicación que se desea rectificar o responder. El que demanda la inserción no podrá exceder los límites fijados, aunque ofrezca pagar el espacio en exceso a la empresa como si fuese un espacio pagado.

Artículo 20.- La solicitud de rectificación o de respuesta deberá ser recibida: a)- En la redacción del diario, por lo menos doce (12) horas antes del cierre de la publicación en que debe aparecer. b)- Si se tratare de un escrito periódico, al menos siete (7) días laborables antes de la edición en la que deba publicarse. c)- En los diarios radiales o televisados, la solicitud debe ser recibida por lo menos cuatro (4) horas antes de la elaboración o emisión del documento informativo. Párrafo: En todos los casos previstos el Director de la publicación será quien establecerá, si fuere necesario, la hora y la fecha de cierre de la publicación.

Artículo 21.- El Director insertará la rectificación o la respuesta en la próxima hora, espacio, edición o emisión, según el caso. Cuando se trate de radio, televisión, cable y cine, los directores de la publicación avisarán al remitente el día, hora, espacio o emisión en la cual se difundirá la rectificación o la respuesta.

Negativa de publicación,

Artículo 22.- El Director puede negarse a la rectificación o a la respuesta, debiendo informarlo al requirente, cuando la solicitud contenga expresiones ofensivas contra él o contra terceros. Cuando la solicitud se haga por escrito, el Director podrá corregir los errores estrictamente gramaticales que contenga.

Artículo 23.- Será considerado como una negativa a publicar la rectificación o la respuesta, el hecho de no hacerlo en el plazo de tres (3) días, a partir de la fecha en que la solicitud fue recibida, si se trata de un diario o publicación periódica, o en la próxima edición, si se trata de 6 un escrito periódico, a condición de que la solicitud de rectificación o de respuesta haya sido recibida en los plazos fijados anteriormente.

Artículo 24.- En casos de solicitudes de rectificación o de respuesta sobre alusiones o referencias aparecidos en libros, éstas también deberán publicarse como “espacio pagado” en un periódico de circulación nacional y en un plazo no mayor de tres (3) días posteriores a la fecha de haber sido recibida la solicitud de rectificación o de respuesta. Las responsabilidades penales y civiles recaerán, tanto sobre el editor como sobre el autor.

Artículo 25.- El tribunal dictará fallo dentro de los diez (10) días de ser apoderado de una acción por negativa de rectificación. Si acoge la demanda, ordenará la publicación de la rectificación o la respuesta de que se trate.

Artículo 26.- La acción para el ejercicio del derecho de rectificación y de respuesta prescribirá a los quince (15) días cumplidos, a contar del día en que haya materializado la divulgación.



CAPITULO IV

RÉGIMEN DE RESPONSABILIDADES

Artículo 27- La violación de las disposiciones contenidas en la presente ley puede, según los casos, dar lugar, separada o acumulativamente, a una doble responsabilidad, penal y civil. Sección 1 De la responsabilidad penal a) Atentados contra la libertad de información.

Artículo 28.- Las agresiones físicas cometidas por miembros de la autoridad pública o por particulares contra los periodistas en el ejercicio de sus funciones, o que de cualquier manera entorpezcan este ejercicio o destruyan sus equipos de trabajo, constituyen atentados por vía directa contra la libertad de información, presumiéndose la existencia de circunstancias agravantes en todos los casos, serán sancionados con prisión de tres (3) meses a dos (2) años y multa de diez (10) a cien (100) salarios mínimos, o con una de estas dos penas solamente. b) Delitos contra las personas.

Artículo 29.- Difamación es la alegación o imputación de un hecho preciso que ataca el honor o la consideración de la persona, o de la institución a la cual va dirigida. Párrafo: La publicación por cualquier medio, directamente o por vía de reproducción, de esa imputación o alegación, es castigable, aún cuando se haga en forma dubitativa o si alude a una persona o institución no mencionadas de manera expresa, pero cuya identificación se haga posible por los términos o imágenes empleados en la publicación de que se trate.

Artículo 30.- Constituye injuria toda expresión ultrajante, término de desprecio o invectiva que no conlleve imputación de hecho alguno. 7

Artículo 31.- Los artículos 29 y 30 no serán aplicables a las difamaciones o injurias dirigidas contra la memoria de los muertos, sino en aquellos casos en que las alegadas difamaciones o injurias hayan causado un daño a la honra o a la consideración de los herederos o cónyuges supervivientes. c) Prueba de la verdad.

Artículo 32.- Podrá probarse siempre la verdad de los hechos alegadamente difamatorios, en u cuyo caso se excluye de responsabilidad penal y civil al imputado, salvo: a)- Cuando la imputación concierne a la vida privada de una o más personas. b)- Cuando la imputación se refiere a un hecho que constituye una infracción amnistiada o prescrita, o que ha dado lugar a una condena borrada por la rehabilitación o por la revisión, siempre que la persona a quien se hace la imputación no esté acusada o condenada por nuevos crímenes o delitos.

Artículo 33.- En el caso de imputaciones contra los poderes constituidos, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, las instituciones públicas, los miembros del gabinete presidencial, legisladores, funcionarios públicos o agentes de la autoridad, la verdad del hecho difamatorio podrá establecerse por todos los medios de prueba, pero sólo cuando se relacione con las funciones que desempeña el organismo o persona alegadamente agraviada.

Artículo 34.- Toda reproducción de una imputación que se haya calificado de difamatoria en virtud de una sentencia judicial, se reputará hecha de mala fe, salvo prueba en contrario a cargo de su autor. b) Publicaciones prohibidas.

Artículo 35.- Queda prohibido publicar la relación de los procesos de difamación en los casos previstos en los párrafos a) y b) del artículo 34 de la presente ley, así como la de los debates sobre procesos por declaraciones de paternidad, o separación de cuerpos o divorcio por la causal de adulterio, así como de procesos por aborto. Esta prohibición no se aplica a las sentencias, las cuales podrán publicarse siempre. c) Del orden de la responsabilidad

Artículo 36.- Serán responsables como autores principales de los delitos cometidos a través de los medios de comunicación: a)- En los medios impresos, el Director y el autor o firmante del artículo o nota que contiene la alegada difamación o injuria. Aquel que autorizó la publicación, será perseguido como cómplice. Si el artículo o la nota no están firmados, el responsable será el Director y será juzgado como cómplice el que ordenó el trámite de la publicación. b)- En los medios electrónicos, el responsable será quien hizo uso del micrófono, excepto el locutor que se ha limitado a darle lectura a una declaración o nota informativa. 8

Párrafo: El Director, ante una notificación requiriéndole el nombre de la persona que ha autorizado la publicación o difusión, está obligado a suministrar la información en un plazo de cinco (5) días, a contar de la fecha del requerimiento. d) De las sanciones.

Artículo 37.- En caso de violación a los artículos 8, 10, 13, 14, 16, 29, 30 y 35 de la presente ley, los autores serán sancionados con multas de quince (15) a cien (100) salarios mínimos, o con una de estas dos penas solamente, sin perjuicio de las indemnizaciones civiles que fueren de lugar.

Sección 2 De la responsabilidad civil.

Artículo 38.- Los propietarios de periódicos o escritos periódicos son solidariamente responsables, en calidad de comitentes, conforme a lo previsto por el artículo 1384 del Código Civil, de las indemnizaciones pronunciadas en provecho de terceros contra las personas penalmente responsables y al mismo tiempo condenadas por aplicación de los artículos 1382 y 1383 del Código Civil.

CAPITULO V RÉGIMEN DE INMUNIDADES

Artículo 39.- No se considerarán difamatorios ni injuriosos, ni darán lugar a persecución alguna: a)- Los discursos y expresiones que se pronuncien en ocasión del proceso legislativo; b)- Los informes, memorias y demás documentos que se rindan, emitan o impriman por disposición del Congreso, del Poder Ejecutivo o del Poder Judicial; c)- La opinión desfavorable de la crítica literaria, artística, científica o deportiva, excepto cuando hubiese la intención de injuriar o difamar; d)- La divulgación, discusión y crítica de actos y decisiones del Poder Ejecutivo y de los agentes de éste, siempre y cuando no se tratare de materia de carácter reservado o confidencial; e)- La crítica a las leyes y la demostración de su inconveniencia o inoportunidad; f)- La exposición de doctrinas o ideas. La lista comprendida en los literales a), b), c), d), e) y O de este artículo no es limitativa. Párrafo I.- No dará lugar a ninguna acción la cuenta fiel que publiquen o transmitan los periodistas, los periódicos, las radiodifusoras, las televisoras o los noticiarios cinematográficos de: 9

Las sesiones públicas del Congreso y sus Comisiones, de los Ayuntamientos y de otros organismos deliberantes oficiales, así como los discursos que en ellos se pronuncien. II.- Los escritos producidos y los discursos pronunciados ante los Tribunales de Justicia y del orden contencioso administrativo. III.- Los informes, memorias y demás documentos oficiales citados en el apartado b) de este mismo artículo. Párrafo II.- Tampoco dará lugar a ninguna acción contra los periodistas, los periódicos y otros medios de divulgación de informaciones, la publicación o transmisión de los comunicados oficiales emitidos por las autoridades correspondientes para dar cuenta del cumplimiento de sus funciones o deberes, así como de las investigaciones oficiales que realicen. Hechos de interés público

Artículo 40.- No será punible la difusión por cualquier medio, de informaciones o juicios de valor que versaren sobre hechos de interés público referidos a funcionarios y personalidades públicas, así como a particulares, cuando éstos últimos se hayan Involucrado voluntariamente en asuntos de relevante interés público. Se incluyen entre los juicios de valor las expresiones humorísticas. Tampoco será punible la reproducción fiel de informaciones o juicios de valor ya vertidas por otros medios de difusión o por autoridades públicas o entidades intermedias de cualquier índole, o por un particular, sobre hechos de interés público.

CAPITULO VI DEL PROCEDIMIENTO.

Artículo 41.- La persecución de los delitos cometidos a través de cualquiera de los medios de comunicación social, tendrá lugar después de la presentación de una instancia de acusación o exposición de agravios suficientemente motivada, dirigida al juez y notificada al imputado y al demandado civil, en un plazo no mayor de un (1) día franco a contar del depósito en la Secretaría del Tribunal.

Artículo 42.- La instancia introductiva de la acusación precisará y calificará el hecho incriminado e indicará el texto de ley aplicable a la persecución, debiendo articular sin ambigüedades, aunque en forma resumida, los hechos denunciados. El tribunal competente será el del domicilio del demandado.

Artículo 43.- El imputado y la persona civilmente demandada tendrán un plazo de dos (2) días, a contar de la notificación de la instancia acusatoria para oponerse a la solicitud de admisión del procedimiento, mediante escrito motivado. Si el juez admite el apoderamiento, seguirá el procedimiento establecido por el Código Procesal Penal para los delitos de acción privada.

Artículo 44.- En caso de ser admitida la acusación, los plazos de comparecencia a la audiencia de conciliación y al juicio, serán los establecidos por el artículo 361 del Código Procesal Penal. 10

Artículo 45.- Todas las formalidades prescritas en los artículos del 44 al 47, ambos inclusive, serán observadas bajo pena de nulidad de la persecución.

Artículo 46.- El Tribunal estará en la obligación de fallar sobre el fondo en un plazo máximo de quince (15) días a contar de la fecha en que la causa quede en estado de ser fallado. El incumplimiento por el juez de esta obligación dará lugar a una sanción de cinco (5) salarios mínimos de multa.

Artículo 47.- El artículo 463 del Código Penal será aplicable en todos los casos previstos por la presente ley.
CAPITULO VII PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES Disposiciones finales

Artículo 48.- La acción pública y la acción civil resultantes de los delitos previstos por la presente ley prescribirán después de dos (2) meses cumplidos, a partir del día en que hubieren sido cometidos o del día del último acto de persecución, si ésta ha tenido lugar.

Artículo 49.- En aquellas materias relativas a la libre comunicación de informaciones, ideas o cualquier otra forma de expresión reguladas por otras leyes, la presente ley se aplicará con carácter supletorio.

.Artículo 50.- Se modifica el último párrafo del artículo 57 de la Ley No. 76-02, del 6 de junio del año 2002 que instituye el Código Procesal Penal, para que en lo adelante rija de la manera siguiente: “Art. 57.- Los actos infraccionales y procedimientos en los casos de niños, niñas y adolescentes y en los casos referentes a los medios de comunicación social, se rigen por sus leyes especiales”

Artículo 51.- Queda derogada la ley 6132, de 1962, sobre expresión y Difusión del Pensamiento, así como las leyes, decretos, reglamentos y otras disposiciones de cualquier naturaleza relativos a la imprenta, al comercio de libros, a la prensa periódica o no periódica, y a los delitos previstos por las leyes sobre la prensa y los otros medios de publicación que sean contrarios a la presente ley. DADA......

Colegio Dominicano de Periodistas presenta candidato a Junta Central Electoral

El Colegio Dominicano de Periodistas, como institución de la sociedad civil, presentó al periodista y abogado José Antonio Rodríguez Alba (Tony Rodríguez) como candidato a integrar la Junta Central Electoral. La propuesta fue entregada este lunes al Senado de la República, por una comisión del comité ejecutivo del CDP, encabezada por su presidente Aurelio Henríquez.
El propuesto por el CDP es un abogado con más de 15 años de experiencia, catedrático universitario y escritor. Es la primera vez que el CDP, organización que goza de un alto reconocimiento en la sociedad dominicana, presenta a un candidato a miembro de la Junta Central Electoral.

PERFIL DE NUESTRO CANDIDATO

Licenciado José Antonio Rodríguez Alba, nativo de Santiago de los Caballeros, ciudad donde ha desarrollado sus prolíferas virtudes como periodista, abogado, educador y escritor. Se graduó de licenciado en Comunicación Social en la Universidad Tecnológica de Santiago en 1989, obteniendo las más altas califiicaciones entre más de 500 graduandos en diferentes carreras.

En 1995, obtuvo el título de licenciado en Derecho en UTESA. Inició como profesor en 1996 en dicha universidad, pasando a la Universidad Nacional Evangélica y luego a la Universidad Dominicana O&M, donde actualmente coordina la carrera Comunicación Social.

En su constante afán de crecer profesionalmente y aportar a la formación de profesionales y líderes juveniles, cursa la maestría en Educación Superior (Universidad Dominicana O&M) y Alta Gerencia Pública (Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra), en esta última prepara su tesis sobre el Nuevo Sistema Electoral y de Registro Civil en República Dominicana, logros alcanzados en período 1996-2010.
Como complemento formativo ha participado en los diplomados Derecho Laboral (UASD-1996), Relaciones Públicas (UASD-1998), Relaciones Corporativas (UASD-1999), Ley de Seguridad Social (UNAPEC-2007). También en los seminarios sobre Derecho a la Información, Ley de Acceso a la Información Pública, Libertad de Expresión, Derechos Humanos, Derecho Constitucional, Nuevo Código Procesal Penal, entre otros.

Conferencista invitado por organizaciones de Estados Unidos, Panamá, Costa Rica y República Dominicana. En 2007, participó como invitado en el seminario Impacto y Desarrollo de los Medios Hispanos en Nueva Inglaterra, celebrado en Massachusetts.

LABORES PROFESIONALES

Actualmente labora como coordinador/profesor de la carrera Comunicación Social de la Universidad Dominicana O&M, Recinto Santiago; director de Relaciones Públicas de la Junta Electoral de Santiago; conductor de los programas El Cafecito y La Revista en Teleuniverso (canal 29); asesor legal del Colegio Dominicano de Periodistas y Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa. En labores filantrópicas, es vicepresidente del Colegio Dominicano de Periodistas y coordinador del Colectivo Irazú.

Laboró como abogado en el bufete García Rodríguez y Asociados y en el bufete Rodríguez Alba y Asociados. Ha sido redactor de los periódicos La Información, El Nacional, Hoy, Revista Ahora, comentarista y analista de noticias en televisoras Canal 7 Cibao, Tele Unión, Canal 25 y Canal 29 por espacio de 18 años.

OBRAS PUBLICADAS:
Senador 29: El tranque electoral de Santiago. Año 2002.
Nada que decir (cuentos). Año 2004.

Entre la Estatua y el Monumento. Año 2006.

La virgen de los milagros. Año 2009.

RECONOCIMIENTO Y PREMIOS
Medalla al Mérito Estudiantil. UTESA 1989.

Premio René Fernández Almonte. Colegio Dominicano de Periodistas 1996.

Reconocimiento Universidad Fernando Arturo de Meriño, por promover la defensa de los recursos naturales. Año 2000.

Reconocimiento Asociación Dominicana de Agentes de Viajes y Turismo, por promoción actividades turísticas en su rol como periodista.

Medalla al Mérito Periodístico Orlando Martínez, Colegio Emiliano Tardiff, Año 2006.

Reconocimiento al Mérito Gremial, Colegio Dominicano de Periodistas, Año 2007.

Reconocimiento Taller Literario Virgilio Díaz Grullón. Año 2007.

ACTIVIDAD GREMIAL:
Miembro del Colegio Dominicano de Periodistas, institución en la que ha desempeñado funciones de secretario general, vicepresidente Comité Ejecutivo y vicepresidente Instituto de Previsión y Protección del Periodista.

Miembro del Colegio de Abogados de la República Dominicana.

Miembro de Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa.

Miembro de la Asociación de Abogados de Santiago.

INSTITUCIONES POSTULANTES:

Postulado como candidato a la Junta Central Electoral por el Comité Ejecutivo Nacional del Colegio Dominicano de Periodistas, por las seccionales CDP Santiago, Espaillat, Santiago Rodríguez-Dajabón (Fronteriza). Además por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa, Instituto de Previsión y Protección del Periodista, Ministerio Evangelístico Tiempo Decisivo, Casa de Arte y Cooperativa Coopsano.

lunes, 13 de septiembre de 2010

El Papa arremete contra los medios por "faltar a la verdad"

El Papa ha reivindicado hoy, ante el nuevo embajador alemán ante la Santa Sede, la "construcción de una sociedad con fidelidad a la verdad" y al hacerlo ha criticado a los medios de comunicación.

 "Al existir una competencia cada vez mayor", ha dicho, "los medios piensan que están obligados a suscitar la máxima atención posible. Por otra parte, el enfrentamiento es noticia en general, aunque vaya en detrimento de la verdad del hecho".

"Esto es especialmente problemático", ha añadido, en referencia a las críticas llegadas al Vaticano desde Gobiernos y Parlamentos, pero quizá también a los ataques lanzados en los últimos tiempos por muchos teólogos progresistas, "cuando personajes con autoridad adoptan públicamente una posición sin ser capaces de verificar todos los aspectos de forma adecuada".

Al recibir al nuevo embajador de la República Federal de Alemania, Walter Jürgen Schmid, el Papa ha aprovechado para reiterar su rechazo a los matrimonios homosexuales, que a su juicio tratan de "eliminar el concepto cristiano de matrimonio y de familia de la conciencia de la sociedad" y "contribuyen al debilitamiento de los principios del derecho natural y por tanto, a la relativización de toda la legislación y a la confusión sobre los valores en la sociedad".

Según Ratzinger, "el matrimonio se manifiesta como una unión duradera de amor entre un hombre y una mujer, que siempre está abierta a la transmisión de la vida humana". En este contexto señaló que es necesaria "una cultura de la persona", usando una expresión de Juan Pablo II. Y, por otro lado, recordó : "El éxito del matrimonio depende de todos nosotros y de la actitud personal de cada ciudadano. En ese sentido, la Iglesia no puede aprobar las iniciativas legislativas que implican una re-evaluación de modelos alternativos de la vida conyugal y familiar".

Ratzinger no olvidó llamar a extremar la vigilancia sobre las "nuevas posibilidades de la biotecnología y la medicina" e hizo hincapié en el "deber de estudiar diligentemente en qué medida estos métodos pueden servir de ayuda a los seres humanos y cuándo se trata, por el contrario, de manipulación humana, de violación de su integridad y dignidad. No podemos rechazar esta evolución, pero debemos estar muy atentos"

"Cuando se comienza a distinguir -y con frecuencia esto sucede ya en el vientre materno-", alertó, "entre vida digna e indigna de ser vivida, no se salvará tampoco ninguna otra etapa de la vida, y mucho menos la enfermedad y la vejez".

domingo, 12 de septiembre de 2010

Retrata vida de7 periodistas asesinados por contar lo que sabían

El periodista Terry Gould (Brooklyn, 1949) paga cada mes 150 dólares canadienses para saldar el préstamo que pidió para poder financiar las investigaciones que le han permitido escribir Matar a un periodista. El peligroso oficio de informar, editado en España por Los Libros del Lince.


"No me interesa saber por qué el ser humano es capaz de hacer el mal, lo que quiero saber es por qué hace el bien", dice la cita de Vaclav Havel que abre el volumen. Eso fue lo que empujó al autor, especializado en crimen organizado, a escribir este libro que retrata la vida de siete periodistas asesinados por contar lo que sabían.

¿Qué tenían en común los siete periodistas asesinados de los que habla en el libro?

Cada uno de ellos había experimentado un momento de transformación, algo que les convenció de que había que impedir que los poderosos siguieran oprimiendo a los débiles. Murieron defendiendo a su comunidad y aceptaron la muerte como consecuencia de su trabajo. El día que llegué a Moscú para hablar con Ana Politkovskaya sobre sus compañeros asesinados la mataron. Mientras investigaba y me desplazaba a Colombia, Filipinas, Bangladesh,Rusia e Irak, seguían asesinando a periodistas.

¿Ha comprendido lo que empuja a un periodista a seguir investigando una historia a pesar de recibir amenazas de muerte?

No son locos, son periodistas con mucha conciencia social. Si vives en una ciudad y los criminales matan a un amigo tuyo, violan a tu amiga y amenazan a tus hijos, llega un día en el que decides que vale la pena morir por esta causa. Lo suyo no es una cuestión de ideales, sino un tema emocional, murieron para defender a sus vecinos.

"No es una cuestión de ideales, es un tema emocional"

Ha estado cuatro años investigando para escribir este libro. ¿Le flaquearon las fuerzas en algún momento?

Yo no soy como ellos, yo no quería morir. Es una diferencia muy importante. Todos los periodistas de los que hablo predijeron su muerte: Ana dijo: Yo seré la próxima'; Guillermo Bravo: Esta vez me van a pelar'; Khalid le dijo a su novia: Esta es la última vez que me ves'. Mientras investigaba, yo tenía pasaporte, un poco de dinero y cuatro amigos, pero los protagonistas del libro no tenían a nadie que los protegiera. Una cosa es ir a un sitio peligroso durante un mes y otra muy diferente vivir allí, con el recuerdo de tus amigos muertos sabiendo que no te espera una muerte heroica o bonita. A muchos les cortan la lengua o les agujerean el cuerpo con taladros.

¿Cómo consigue salir inmune de lugares tan peligrosos?

En todos los lugares que he recorrido había insurgentes, zonas de guerra y fanáticos islamistas. Todos sabían que preguntaba sobre los asesinatos de periodistas. Cuando llegaba a la capital del país, buscaba a alguien de alguna organización de derechos humanos que fuera honesta, un intérprete y un fixer, alguien que conoce a todos los delincuentes, los políticos y a la policía. Él les convencía de que si me mataban la prensa internacional se les tiraría encima.

¿Es un método infalible?

"Creo que todos los periodistas asesinados siguen con vida"

Añadir leyenda
Sirve con la gente que está oficialmente en el poder, pero no con Al Qaeda o las FARC. No negaré que pasé miedo, y me arriesgué, pero nunca investigué directamente los asesinatos, yo me centraba en la vida de las víctimas. Además, de muy pequeño aprendí a tratar con delincuentes.

¿Cómo?

Mi abuelo era gángster en Odesa, en Rusia. Llegó a Estados Unidos en 1910 y su jefe era Arnold Rothstein. Cuando mi padre creció mi abuelo intento captarlo para la banda, pero a los veinte dejó la pistola y se convirtió en una persona legal. En la planta baja del bloque donde crecí había un sitio de apuestas de la mafia, y es donde compraba helados a la vuelta de la escuela. En la puerta, los mafiosos tenían a sus matones y cuando entraba, me pegaban. Entonces comprendí que la mejor manera de defenderme era hacerme amigo de los jefes, empatizar con ellos. Aprendí a hacer reír a los criminales y consolar los rincones torturados de su corazón.

¿Con los libros que escribe, todavía confían en usted los criminales?

Nunca intercambio informaciones, pero cuando veo un gángster haciendo un montón de cosas malas y queda impune, le investigo y escribo sobre él. El mundo de los gángsters cambia cada seis meses. Al Capone tenía 26 años cuando era el jefe y no duró mucho tiempo.

En los ochenta se marchó de EEUU para llevar una vida retirada. ¿Se plantea dejar el periodismo?

No, hay que seguir contando. Cuando entrevistas a la viuda o al huérfano, te emociona tanto que te obliga a querer contar la historia. Creo que todos los periodistas asesinados siguen con vida. Escribí este libro con esa finalidad. Recordar lo que investigaban es hacer que su trabajo no muera nunca. Ahora tengo otra historia que quiero contar: en noviembre voy a Afganistán, pero de momento no puedo avanzar nada más.

UNESCO condena "oleada de asesinatos de periodistas"

Agencia EFE – París, 11 sep (EFE).- La directora general de la UNESCO, Irina Bokova, condenó hoy lo que calificó de "oleada de asesinatos de periodistas" en los últimos días, en alusión a cuatro informadores que perdieron la vida en ataques violentos en Afganistán, Angola e Irak del 5 al 8 de septiembre.

"El trabajo de los profesionales de los medios es vital para el ejercicio del derecho humano fundamental a la libertad de expresión", declaró Bokova en un comunicado.

"La defensa de este derecho es tanto más importante en países como Afganistán e Irak, donde los conflictos dañan tanto el tejido social de la nación", añadió.

La directora general de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) dijo esperar que "las autoridades de estos países hagan cuanto esté a su alcance para investigar los crímenes y procesar a sus culpables".

El pasado día 5, Sayed Hamid Noori, un conocido presentador de informativos de Radio Televisión Afganistán (RTA), de 45 años, murió tiroteado en Kabul.

Ese mismo día, Alberto Graves Chakussanga fue tiroteado en su domicilio en Luanda, la capital de Angola, donde presentaba un programa informativo semanal en lengua umbundu en la emisora privada Radio Despertar.

El 7 de septiembre en Bagdad murió asesinado el periodista Riad al-Saray, de 35 años, que presentaba programas políticos y religiosos en la cadena estatal "al-Iraqiya TV".

También en Irak, pero en este caso en la ciudad de Mosul (norte) murió tiroteado el periodista Safaa al Jayat cuando salía de su casa camino de la cadena de televisión "Al-Mosuliyah", un canal privado en el que se encargaba de un programa religioso llamado "Nuestras Mezquitas".

Con estos son 36 los asesinatos de periodistas y de otros profesionales de medios de comunicación que ha condenado Bokova desde comienzos de año.

Al menos en uno de cada cinco casos, los informadores trabajaban en casos de corrupción, según la red Intercambio Internacional por la Libertad de Expresión (IFEX).

sábado, 11 de septiembre de 2010

CDP condena agresión contra la prensa en Puerto Plata

El Colegio Dominicano de Periodistas CDP condenó la agresión que fueron víctimas los equipos de prensa de CDN y Telesisemas, mientras cubrían las incidencias de un desalojo de unos terrenos en la comunidad de la Isabela Puerto Plata.

Aurelio Henríquez, presidente del CDP, advirtió a los abogados y a los supuestos propietarios, responsables de tan bochornoso incidente con la prensa, de que serian sometidos a la justicia por atentar contra la libertad de expresión de los periodistas y camarógrafos que cubrían el desalojo.

Preciso que el equipo de prensa de CDN y Telesistema solo cubría las incidencias del desalojo, para informar de lo ocurrido a la sociedad, pero que la intervención abrupta y sorpresiva de los supuestos propietarios y abogado intentaron impedirlo.

Henríquez, calificó de preocupante los últimos atentados contra la prensa ocurrido recientemente en el palacio de Justicia de Ciudad Nueva, con el fotoreportero Nuria y en esta ocasión con el equipo de prensa de CDN y Telesistema.

El presidente del CDP exige al jefe de la Policía Nacional a que aprese a los responsables de la agresión y su posterior sometimiento a la justicia del abogado y propietario de dicho terreno.

Reiteró que el CDP pone a disposición los abogados del CDP para defender a los periodistas y camarógrafos agredidos.

miércoles, 8 de septiembre de 2010

Familia orquestó masacre de 57 personas en una cena

El heredero de uno de los clanes familiares más poderosos del sur de Filipinas se ha sentado hoy en el banquillo para ser juzgado por la matanza de 57 personas, que puso de relieve la impunidad con la que actúan los ejércitos privados en este país. Y según ha declarado un testigo, la familia planeó la masacre en una cena.

Bajo fuertes medidas de seguridad ha arrancado el “juicio del siglo” en Filipinas, que sienta en el banquillo a los Ampatuan, un poderoso clan de caciques del sur del archipiélago, y a un centenar de pistoleros por la masacre que conmovió al mundo a finales del año pasado.

El 23 de noviembre fueron asesinadas en una emboscada las 57 personas que formaban la caravana electoral de los Mangudadatu, otra influyente familia que disputaba a los Ampatuan el puesto de gobernador en la provincia musulmana de Maguindanao, enclavada en la violenta isla de Mindanao.

Consciente del riesgo que entrañaba desafiar a sus rivales, Ismael Mangudadatu envió a su esposa Genaly, dos hermanas y dos cuñadas a registrar su candidatura a las elecciones celebradas el pasado mes de mayo, donde se alzó con la victoria. Mangudadatu pensaba que sus familiares estarían a salvo y que los Ampatuan no se atreverían a atacar a las mujeres porque viajaban acompañadas de 30 periodistas. Se equivocó totalmente.

Según declaró en la apertura de la vista oral un antiguo ayudante de los Ampatuan, Lakmudin Saliao, éstos planearon la matanza en una cena familiar celebrada seis días antes. Tal y como informan las agencias internacionales, el patriarca del clan y ex gobernador, Andal Ampatuan, reunió a su prole para discutir cómo detener a los Mangudadatu y su hijo y antiguo alcalde de Datu Unsay, Andal Junior, fue tajante: “Es fácil. Si vienen aquí, los mataremos a todos”.

El testigo Lakmudin Saliao“Todos se rieron y se mostraron de acuerdo”, confesó al tribunal el testigo de cargo, quien explicó que los Ampatuan planearon interceptar a la caravana en plena autopista y enterrar los cuerpos en una fosa abierta por una excavadora en una colina cercana, como así ocurrió finalmente.

Amenazas por traicionar al clan

El día de la masacre, Saliao permaneció en la casa junto al jefe del clan, quien siguió la operación a través de su teléfono móvil y con el altavoz abierto. Tal y como explicó el testigo, el patriarca ordenó perdonar la vida a los periodistas, pero su hijo le replicó que había que “barrerlos a todos porque, si no, alguien puede hablar”.

Mientras Lakmudin Saliao, que ha recibido amenazas por traicionar al clan con el que se había criado, desgranaba su estremecedor relato, las viudas de los reporteros asesinados lloraban desconsoladas y el principal acusado, Andal Ampatuan Jr., permanecía impasible enfundado en su mono amarillo de presidiario. Encerrado en una cárcel de máxima seguridad, se enfrenta a una pena de cadena perpetua.

La frialdad con que actuaron los Ampatuan demuestra la impunidad con que los caciques ejercen la violencia en Filipinas, donde abundan los asesinatos de candidatos y periodistas que desafían la corrupción del poder.

Aliados de la ex presidenta

Con hijos, primos y sobrinos colocados a dedo en los ayuntamientos y gobiernos provinciales de Mindanao y Maguindanao, los Ampatuan controlaban la vida política local y eran aliados de la entonces presidenta Gloria Macapagal Arroyo, a cuya coalición, Lakas-Kampi-CMD, entregaron votos cruciales en las elecciones de 2004 y en los comicios al Senado de 2007. Para hacer frente a la indignación popular, Arroyo detuvo al clan en una redada y lo expulsó de su partido, imponiendo la ley marcial para que el Ejército pudiera detener a decenas de policías corruptos.

Aunque en el banquillo se sientan un centenar de inculpados, otros cien sospechosos siguen huidos. El juicio, que ha despertado gran expectación en Filipinas, podría durar meses porque, a la lentitud del sistema legal en este país, se suma que la acusación ha citado a 227 testigos y la defensa a 373. Pero, por encima de todas estas dificultades, los familiares de las víctimas esperan que se haga justicia por esta salvaje matanza.

Violadas antes de morir
En las fosas comunes cavadas por los asesinos tras la matanza, el Ejército encontró cadáveres decapitados, algunos mutilados y entre estos los de varias mujeres que presentaban señales de que fueron.
Unos días después de la matanza, el Gobierno central impuso la ley marcial en Maguindanao y desplegó a las tropas para impedir que el ejército del clan Ampatuan se levantara en armas. El Ejecutivo aseguró el pasado diciembre que desmantelaría las 132 milicias privadas que campan por todo el país, pero el Ejército ha reconocido que 112 continúan con su actividad.

El actual presidente, Benigno Aquino, que asumió su mandato el pasado junio, anunció su compromiso con la defensa de los derechos humanos, aunque hasta el momento no ha tomado ninguna medida para la acabar con la impunidad de los grupos armados financiados por caciques, muchos de ellos vinculados a la política.

miércoles, 1 de septiembre de 2010

Sesión de Diputados: una gallera legislativa en RD


En la sesión de estreno de los diputados de República Dominicana ocurrió de todo, en donde la solemnidad pasó a ser, es decir, de acuerdo al argo popular, "una Gallera de provincia". 

En la Cámara de Diputados, solo faltó que los honorables legisladores llevaran sus gallos y empezaran a rociarlo con salivas mezcladas con tabaco, luego de frotaran sus manos y vociferar “al mío voy”, en alusión las peleas de gallos que se escenifican los fines de semana en las galleras de los pueblos que representan en el Congreso Nacional..

Más de 90 de sus integrantes de la Cámara de Diputados son nuevos y muchos andaban perdidos por los pasillos, además, no conocían la ubicación de sus oficinas ni del hemiciclo, no sabían utilizar el sistema automatizado de votación, a pesar de que participaron en dos sesiones de ensayo y en la toma de posesión.

“¿Dios mío, qué hago ahora, a qué le doy?”, preguntaban los nuevos diputados a sus vecinos los viejos legisladores, al momento de votar.

Un personaje tan respetado como Hugo Tolentino Dipp, ex presidente de la Cámara y que un salón del edificio lleva su nombre, en medio de ese maremoto del primer día, al momento de votar que pulsó el botón opuesto, debido a que no conocía el sistema de votación. “¡Perdónenme, estoy perdido, esto ha cambiado mucho!”, decía Tolentino, durante la sesión iniciada a las 10:45 de la mañana y que terminó a las 3:05 de la tarde.

Tampoco las condiciones técnicas resultaron las apropiadas. El sonido falló constantemente, incluyendo el micrófono del nuevo presidente de los diputados, Abel Martínez y de los voceros de los bloques.

Igual fallo ocurrió con la computadora que registra en pantalla gigante la proporción de los votos. “Eso está loco, directo, no estoy votando y mi voto se marca”, decía la diputada Kenia de Bisonó.

Los más destacados en la sesión del día fueron el comediante Luisín Jiménez y el sindicalista Juan Hubieres. Jiménez atacó despiadadamente a la prensa, a la que responsabiliza de la mala imagen de los diputados.

Hubieres sobresalió, no por su discurso en contra de los ricos y el neoliberalismo, sino por lo que le vociferaban los congresistas peledeístas: “Vividor”, “¿Pagaste las guaguas azules?”, “chantajista, actor, aprende a manejar, dirige un sindicato y no sabe manejar”.

Para acallar las voces, Martínez golpeaba con el mallete y pedía silencio.

Tampoco se quedó atrás “el diputado chino” Radhamés Ramos García, de La Vega, quien hablaba con la prensa, legisladores peledeístas y perredeístas y les decía: “Yo soy un comunista, enviado de Dios, para ser presidente de la República”. Invitaba a sus interlocutores a que imiten su ejemplo comunitario, pues él dice que su salario, viáticos y otros beneficios como legislador los invirtió en una clínica de su ciudad, que se llama “El Buen Pastor”.

Contra la prensa

El único punto que conoció la Cámara de Diputados fue rechazar el proyecto que proponía crear un ministerio para conocer todos los asuntos fronterizos, además de la conformación de las 41 comisiones de trabajo. Todos los proyectos, incluyendo un préstamo de 30 millones de dólares, fueron a comisión.

Después todo se basó en la intervención de los diputados, como Luisín Jiménez, quien dice que la prensa hace ver a los diputados como bandidos o charlatanes.